Artículos para la Historia. El Nido de la Serpiente

Antonio Marcelo Vacas

Tales actuaciones irregulares, consecuencia de la conducta de Robustillo, no son padecidas exclusivamente por los funcionarios antes relacionados pues, existe un nutrido grupo de damnificados actualmente, objeto de similar trato ilegal cuya personalidad y casuística, hoy por hoy pese a conocer ambos aspectos, nos reservamos describir aquí, por cuanto no representamos sus derechos e intereses. Actuaciones que, en determinados casos ya han sido dictaminadas como no acordes a Ley, por los Tribunales, como en el caso de la dirección del IES, JALAMA, de Moraleja (Cáceres) (Sentencia 28/2006, de 28 de Febrero de 2006, P.A. 191/2005, del Juzgado de lo C.A. Nº 1 de Cáceres).

 

SRA. CONSEJERA DE EDUCACION .CONSEJERIA DE EDUCACION

JUNTA DE EXTREMADURA. MERIDA

D. ANTONIO MARCELO VACAS, mayor de edad, con domicilio en Cáceres, ante esa Consejera comparece y, como mejor proceda digo lo siguiente:

Con fecha 17 de Abril de 2008, interpuse escrito de Denuncia ante el D.G. de Política Educativa, D. Felipe Gómez Valhondo, frente a la Inspectora de Educación de Cáceres, MILAGROS ROBUSTILLO PEREZ, con la fundamentación legal que, en susodicho escrito se especificaba y, en base a los hechos que en el mismo se concretaban, todo lo cual damos aquí por expresamente reproducido.

Habiendo protagonizado con posterioridad la denunciada, determinados acontecimientos, a nuestro entender ilícitos y antijurídicos, continuación y/o complemento de los ya denunciados, mediante el presente escrito, y como representante legal de los funcionarios afectados por la actuación de la Inspectora Robustillo, representación acreditada ante esa Consejera, procedo a la AMPLIACION DE LA DENUNCIA de 17 de Abril de 2008, SOLICITANDO se inicie procedimiento disciplinario a la funcionaria Milagros Robustillo Pérez, en base a lo que se argumentará en el presente escrito y, acorde a lo establecido en el art. 27 del RD 33/1986, Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la A.C.E., acordando LA INCOACION del pertinente EXPEDIENTE DISCIPLINARIO, por la posible comisión por parte de la funcionaria denunciada, a través de las actuaciones que luego se dirán, de las siguientes FALTAS DISCIPLINARIAS:

* Incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de la Función Pública. Falta muy grave (Art. 6º a) RD 33/1986). Art. 95.2.a) de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

* Actuación discriminatoria por circunstancias personales. Falta muy grave (Art.6º b) RD 33/1986). Art. 95.2.b) de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

* Adopción de acuerdos manifiestamente ilegales en grave perjuicio de los ciudadanos. Falta muy grave (Art. 6º d) RD 33/1986). Art. 95.2.d) de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

* La violación de la neutralidad política (Art. 6º g) RD 33/1986). Art. 95.2.h) de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

* Abuso de autoridad en el ejercicio del cargo. Falta grave (Art. 7º.1 b) RD 33/1986).

* La grave desconsideración con compañeros o subordinados. Falta grave (Art. 7º.1 e) RD 33/1986).

* Emisión de informes manifiestamente ilegales. Falta grave (Art. 7º.1 h) RD 33/1986).

* La grave perturbación del servicio. Falta grave (Art. 7º.1 n) RD 33/1986).

* La grave falta de consideración. Falta grave (Art. 7º.1 o) RD 33/1986).

* Acoso Laboral (Art. 95.2.o) Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

* Actuación contraria al ordenamiento jurídico, ANTIJURIDICA, PARCIAL, ARBITRARIA, ABUSIVA, Y CONTRARIA A LA LEY Y DERECHO, con violación sistemática de los arts. 9.3, 14 y 103.1 CE.

HECHOS Y FUNDAMENTACION LEGAL

1º) A la fecha en que se interpuso nuestra Denuncia de 17 de Abril de 2008, este representante actuaba exclusivamente en nombre de Dª Mª Teresa Martín de Benito, funcionaria docente y, Directora del Colegio Público de Almoharín (Cáceres).

Con posterioridad, esta parte ha realizado actuaciones administrativas, en representación de Dª GEMA FERNANDEZ DOMINGUEZ, Directora del IES “AUGUSTOBRIGA” de Navalmoral de la Mata (Cáceres) y, de D. EPIFANIO MATEOS MATEOS, funcionario docente, con destino en el C.P. “San Fernando” de Madroñera (Cáceres), funcionarios todos, como otos muchos, afectados por las actuaciones abusivas e irregulares de la Inspectora de educación de Cáceres, en connivencia y/o complicidad, con un grupo de funcionarios adscritos a la Consejería de Educación.

Tales actuaciones irregulares, consecuencia de la conducta de Robustillo, no son padecidas exclusivamente por los funcionarios antes relacionados pues, existe un nutrido grupo de damnificados actualmente, objeto de similar trato ilegal cuya personalidad y casuística, hoy por hoy pese a conocer ambos aspectos, nos reservamos describir aquí, por cuanto no representamos sus derechos e intereses. Actuaciones que, en determinados casos ya han sido dictaminadas como no acordes a Ley, por los Tribunales, como en el caso de la dirección del IES, JALAMA, de Moraleja (Cáceres) (Sentencia 28/2006, de 28 de Febrero de 2006, P.A. 191/2005, del Juzgado de lo C.A. Nº 1 de Cáceres).

1.1] Genéricamente, los singularísimos métodos que en su labor seudo inspectora emplea la funcionaria denunciada, son completamente impropios de un Estado democrático de Derecho, por cuanto transcurren a través de una absoluta arbitrariedad, causan inseguridad jurídica y, son contrarios a Ley y a Derecho, con violación continua y sistemática de los arts. 9.3 y 103.1 de la CE.

Las conductas que describiremos, que aquí meramente condensamos y conjuntamos pues han sido ya puestas en conocimiento singularmente de esa Consejera, nos retrotraen a períodos autocráticos pasados, y nos trasladan a burocracias propias de regímenes totalitarios, a semejanza del relato de Frank Kafka, descrito en su obra “El Proceso”,o en“1984” de Orwell. Un esperpento irreal.

1.2] Robustillo que, como ya hemos indicado y, posteriormente resaltaremos no actúa individualmente, sino con un respaldo total de los mandos de la Delegación Provincial de Educación de Cáceres, y con la colaboración tan unilateral como subjetiva, del D.G. de Política Educativa (lo cual motivó nuestra Recusación del Sr. Valhondo, de 26 de Mayo de 2008), conoce en profundidad el medio en que se desenvuelve, el colectivo docente (funcionarios, Consejos Escolares, Asociaciones de Padres de Alumnos), con relación funcionarial o institucional con la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, y muy especialmente el que se origina en ámbitos rurales, pues desde hace lustros desarrolla sus funciones entre el colectivo educativo, primero como profesora de F.P., después como Inspectora interina y, seguidamente como titular. Titularidad cuya nulidad esta parte ha solicitado.

Y, en base a tal conocimiento, actúa torticeramente instrumentalizando en cada momento a quienes considera útiles para la consecución de sus espurios fines, abusando de su situación, y de su cargo, manipulando situaciones, tergiversando hechos y utilizando medios públicos para sus intereses personales y/o partidistas, sin el más mínimo pudor y, sin ningún escrúpulo, ya no legal, sino ético.

* La metodología puede variar en matices, en su configuración formal, pero el fondo es siempre coincidente, y persigue repetidamente idénticos objetivos, crear artificiosa e irregularmente un cerco alrededor del funcionario y/o directivo docente, al objeto de situarle en indefensión, en neta inferioridad, respecto a su entorno y, aplicarle así, el correctivo que, en cada momento u ocasión, se le ocurra a la peculiarísima Inspectora, bien desplazarle de la dirección, bien sancionarle previa apertura de expediente disciplinario, actuaciones en las cuales, Robustillo se ha especializado y, profesionalizado, y en las cuales han sido de gran ayuda la incapacidad de algunos sindicatos para atar cabos y denunciar tal conducta, pese a conocer la actuación repetida de la Inspectora y, la insolidaridad, bien por desconocimiento de los hechos, bien por la presión a que están sometidos, del colectivo docente provincial, bastante temeroso y en parte desconocedor de sus derechos.

1.3] Bajo una mera apariencia de legalidad, que no es tal, la Inspectora y, sus colaboradores, actúan, supuestamente acorde a determinadas normas que,en realidad infringen groseramente, pues la actuación primigenia que aparece siempre en el guión, mil veces escrito de Robustillo, consiste en influir ora entre funcionarios, ora entre el Consejo Escolar, ora entre padres de alumnos y/o sus asociaciones, promoviendo LA CREACION DE UNOS DETERMINADOS HECHOS, que, con anterioridad a su aparición en el escenario de su actuaciones, no existían tal y como a partir de entonces quedan configurados.

A raíz de tal prolífica y anómala creatividad, la Inspectora, generalmente con ayuda, emite dictámenes, realiza informes, a favor de unos, sus protegidos y/o colaboradores, y en contra de otro/s, el funcionario/s a defenestrar, destruir o sancionar, y/o degradar.

* Y, tales informes o dictámenes, surgidos de una actuación torticera, ilícita, caprichosa, arbitraria, injusta, abusiva y en muchas ocasiones incluso esperpéntica, se configuran bajo una apariencia de legalidad, que quien no conozca lo sucedido desde un principio, podría no descubrir, pero que, son absolutamente inaceptables para quienes conocen o meramente intuyen, el modus operandi, de la Inspectora denunciada.

Y, si esta conducta es grave, también lo son las consecuencias que de la misma se derivan para el funcionario que, en cada momento se constituye por causas ajenas a su voluntad, en objetivo de Robustillo y la “compaña”, por cuanto a un burdo montaje, creado tan artificial como ilícitamente, a unas imputaciones inducidas e interesadas, aquél debe responder, so pena que el proceso continué sin su participación, con las formalidades recogidas en las normas legales, pese a que, como hemos comprobado repetidamente, las conclusiones que, en sus dictámenes y/o informes, recoge Robustillo, constituyen el principio y, el final del procedimiento, siendo todos los actos instruidos entre ambos niveles, puros formalismos legales, formalismos que hay que desarrollar para intentar disimular de cara a la galería y, de cara a las reclamaciones jurisdiccionales.

* En resumidas cuentas, Robustillo, e insistimos porque es esencial, crea una apariencia de legalidad, en lo que es puro montaje dirigido y controlado por la susodicha, obligando a responder al funcionario acorde a lo establecido legalmente, pese a que, su suerte, administrativamente, está previamente decidida, pues precisamente, para ejecutar una acción predecidida, es por lo cual, Robustillo entra en escena por sistema. Es una especie de “coco” administrativo/inspector.

Así, la única y final solución del funcionario afectado por tal actuación, consiste siempre, en acudir a los Tribunales y, esperar que sus representantes comprendan la realidad de lo sucedido y, sepan, plantearla ante la Justicia, lenta por la saturación que sufre, y que puede equivocarse en sus resoluciones con fatales e irreversibles consecuencias para el afectado.

Y, mientras el asunto se sustancia jurisdiccionalmente, el funcionario que ha padecido la intervención de Robustillo y, de su grupo connivente, padece administrativamente, y per se si el Tribunal no lo corrige, la decisión de la Inspectora que, sus superiores meramente, se limitan a confirmar, caso del I. Jefe de Educación de Cáceres, el D.P. de Educación de Cáceres y, el D.G. de Política Educativa, quienes parecen estar a sus órdenes, en lugar de ser a la viceversa.

2º) MODUS OPERANDO. LA PRÁCTICA

La actuación de Robustillo es burda y elemental, y groseramente irregular pero, al mismo tiempo efectivo en el ámbito administrativo, al basarse en los siguientes aspectos que dotan de neta superioridad a sus actuaciones:

Su situación jerárquico/inspectora.

El desconocimiento/inferioridad/aislamiento del funcionario afectado.

La complicidad de quienes forman parte del colectivo docente, según el caso.

La connivencia de compañeros y, sobre todo de sus superiores.

Fijémonos ahora en tres casos de plena actualidad, donde ha intervenido la Inspectora y, su grupo de “colaboradores”, para ejemplificar su desviada conducta. Casos, como ya hemos indicado, que forman parte de las actuaciones realizadas por la Inspectora.

2.2] CASO NAVALMORAL DE LA MATA

Llegado el momento de renovar a la Directora del IES “Augustobriga” de Navalmoral de la Mata, se persona sorpresivamente en el Centro a 25/2/2008, la Inspectora del mismo Milagros Robustillo Pérez, que lo es desde el inicio del presente curso escolar, para “evaluar” la gestión de la responsable del Centro, con la cual mantiene, tensas relaciones.

* Vulnerando las normas ad hoc, la Inspectora, realiza la evaluación según sus propios criterios “especiales” y, entrevista a nueve personas escogidas, allí donde debía entrevistar a tres y, para que depongan en contra de la Dirección del Centro.

* Se marcha y, a renglón seguido, a 27/2/2008, seis miembros del Consejo Escolar del Instituto, “redactan” un escrito/libelo difamando a la Directora, que remiten al D.P. de Educación de Cáceres (esto de los “escritos” es pieza fundamental, en el modus operando Robustillero).

* Con fecha 27 de Marzo de 2008, el D.G. de Política Educativa, a instancias de Robustillo, García Jiménez, y Pedro Pablo Alonso, resuelve injusta y arbitrariamente no renovar el mandato de la Directora. Acto seguido, una de las “entrevistadas” por Robustillo presenta su candidatura a la Dirección, en compañía de parte de los firmantes del escrito de 27/2/2008. Sin disimulos, para qué están respaldados por la superioridad provincial, van sobrados.

* Cuando la funcionaria objeto de la actuación de Robustillo, solicita que, se le de traslado (Abril 2008), de los informes de Robustillo, al parecer determinantes en las tomas de decisiones posteriores, primero aparece un “informe” estandarizado, suscrito exclusivamente por la Inspectora a 7/3/2008, carente de motivación, puro formulario.

La afectada insiste e insiste y, es entonces cuando,”hale hop”, aparece otro “informe” de Robustillo, con el visto bueno de Pedro Pablo (sic), suscrito por ambos a 12 de Marzo de 2008, que trata de justificar en Abril de 2008 la decisión contraria a la renovación en su cargo de la peticionaria. Pero tal informe, carece de registro alguno y, sólo quien crea en la mera palabra de Robustillo y, Alonso, puede creer en su autenticidad. Este que suscribe, NO CREE.

* El asunto se diligencia actualmente en el ámbito contencioso administrativo, y ha sido objeto de denuncia penal.

* Veamos, resumidamente, lo que afirman quienes suscriben el escrito precitado de 27/2/2008, jueces y parte, que respalda la actuación de Robustillo, escrito que, fechado a Febrero de 2008 no es conocido por la interesada, y de forma casual, hasta Mayo de 2008. Dicen los interesados en defenestrar a su Directora y, superiora jerárquica, y sustituirla:

·“Consideramos que el clima general que la Directora ha conseguido crear desde el comienzo de su mandato en el seno del Claustro es de crispación y enfrentamiento fundamentalmente por la falta de diálogo y de flexibilidad”(Tal parece una autoinculpación )

· “Hemos sido testigos, en diversas ocasiones de las demoras, por parte de la Directora, en la atención a padres previamente citados, de hecho, en alguna ocasión algún padre (sic), “cansado de esperar”, ha tenido que marcharse sin ser atendido”.

(Ni en una portería se escuchan ya estos comentarios).

· “No hay una correcta y eficaz coordinación por parte de la Directora respecto a muchos aspectos del funcionamiento del Centro”

· “En algún Consejo Escolar y en algún Claustro hemos vivido situaciones complicadas en relación con la aprobación de actas”.(Pero no citan fechas¡¡¡¡¡)

· “No somos testigos de que la Directora lleve a cabo ninguna labor de dinamización ni de coordinación a este respecto”. (Porque posiblemente estuvieran dedicados a conspirar)

· En fin, las cutrerías dialécticas de siempre con una DENOMINACIÓN DE ORIGEN INNEGABLE, juicios de valor, descalificaciones personales, materialización documental instigada, de rencillas relativamente propias de la convivencia, acentuadas por la aspiración de un grupo de presión del Centro, por copar la dirección del mismo, con respaldo oficial. El “quítate tú que me ponga yo, con el respaldo de Robustillo y su grupo”.

El último coletazo de esta farsa se materializó con la confección de un nuevo “escrito” ANONIMO/LIBELO de “Junio de 2008”, indudablemente salido, como mínimo intelectualmente, de la factoría Robustillo, pues tiene su sello indudable, mediante el cual, con la excusa de clamar libertad de expresión (para ellos del estilo difamador a como acredita su actuación de 25/2/2008 y su “escrito” de 27/2/2008), el grupo de funcionarios sedicentes contra la dirección del Centro, intentan una vía de hecho, en una casuística ya encauzada contenciosa y, penalmente, a cuyo respecto no nos extendemos puesto que damos por reproducido aquí nuestra solicitud a esa Consejera de 14 de Junio del año en curso, a la que adjuntamos el escrito/libelo, y las actuaciones consiguientes de nuestra representada de 12 y 13 de Junio de 2008.

* Actuación pues en la cual resulta imprescindible pasar por las siguientes fases y, obtener la participación, complicidad y/o colaboración siguiente:

* FASE A: Se elige a la presa objeto de caza y captura, por las causas que los depredadores estimen, personales, políticas o de índole similar.

* FASE B : Se eligen cómplices para la cacería entre el colectivo, ya sean funcionarios, padres o miembros del Consejo Escolar o AMPA, alcaldes o el susum cordan.

* FASE C: Se sirven de la ayuda del lobby directivo que impera en la D.P. de Educación de Cáceres, en la medida y, la forma que el caso requiera, así como la colaboración del D.G. de Política Educativa, en el inicio y/o final, del proceso depredador, quien es una especie de Don Tancredo sí señor.

* FASE D: Se defenestra a quien proceda.

* FASE E: El defenestrado es obligado a recurrir a los Tribunales, pero mientras tanto la resoluciones administrativas se ejecutan. Por norma.

En resumen, fases que son, la materialización misma de la ANTIJURICIDAD, ARBITRARIEDAD , DISCRIMINACIÓN E ILICITUD.

Todas esta fases, si no las ha inventado Robustillo, porque conozco otros Inspectores integrantes del lobby provincial que imitan la actuación de la Inspectora/represora, indudablemente si que ha colaborado en tal invento, por lo cual le correspondería parte del copyright de este conjunto de ilicitudes y anormalidades.

3º) La conducta de Milagros Robustillo Pérez, no podría desarrollarse si no estuviera apoyada por sus propios compañeros , aquí citados y, otros que no merecen ser reseñados, pero forman parte del lobby sectario, que controla la D.P. de Educación de Cáceres, y también por sus teóricos superiores, pero sobre los que ejerce una indisimulada influencia la repetida Inspectora caso de, Pedro Pablo Alonso Pérez, Inspector Jefe de Educación de Cáceres, Enrique García Jiménez, Delegado Provincial y, Felipe Gómez Valhondo, D.G. de Política Educativa, tal y como hemos descrito y, nos consta ha sucedido en otras varias ocasiones, además de las que hemos reseñado, y que por ahora nos reservamos describir.

* La anormal y anómala actuación de Robustillo, manipuladora, parcial, e interesada, viola los deberes de los empleados públicos, su Código de Conducta y Principios Eticos, descritos en los arts. 52, 53 y 54 de la Ley //2007, del Estatuto Básico del Empleado Público por cuanto:

3.1] Desprecia los intereses generales, conduciéndose unilateral, caprichosa, subjetiva y arbitrariamente.

3.2] Su conducta es contraria al principio de legalidad consagrado en el art.103.1 de la CE y al principio de seguridad jurídica establecido en el art. 9.3 de la CE.

3.3] Es irresponsable, parcial, infringe la confidencialidad a que están sujetos los procedimientos donde interviene, y causa un malísimo ejemplo entre el colectivo docente.

3.4] Actúa con una notable mala fe y fingimiento, de conocimiento público y notorio entre el colectivo que la padece, infringiendo por sistema los derechos fundamentales del funcionario sobre el que recae su abusiva actuación.

3.5] Su conducta es irrespetuosa hacia el funcionario, al que trata manu militari.

* En consecuencia, y en cuanto a los casos en que esta parte actúa como representante legal, la Inspectora de Educación de Cáceres, MILAGROS ROBUSTILLO PEREZ, estimamos ha incurrido en las responsabilidades disciplinarias que tipifican como FALTAS MUY GRAVES los arts. 6º a); 6º b); 6º d); 6º g) del RD 33/1986, en consonancia con lo dispuesto en art. 95.2 a); 95.2 b); 95.2 d); 95.2 h) de la Ley 7/2007 y como FALTAS GRAVES los arts. 7º.1 b); 7º.1 e); 7º.1 h); 7º.1 n); 7º.1 o) del RD 33/1986, y el art.95.2 o) de la Ley 7/2007, por lo cual y, en averiguación y depuración de tales responsabilidades,

SOLICITO, a tenor de lo estipulado en el art. 27 del RD 33/1986, y legislación concordante aplicable, y previo el analisis y comprobación indiciaria de los hechos que hemos descrito, LA INCOACION DE EXPEDIENTE DISCIPLINARIO, a la Inspectora de Educación de Cáceres, MILAGROS ROBUSTILLO PEREZ, al objeto de que se COMPRUEBE LA ABSOLUTA VERACIDAD DE LOS MISMOS, Y CONSECUENTEMENTE SU ILICITUD, teniendo a esta parte como interesado en el proceso y con interés legítimo a tenor de lo dispuesto en el art. 31.1 a) LRJAP 30/1992.

Es Justicia que pedimos en Cáceres para Mérida a 16 de Junio de 2008

Comentarios
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Docente puteado por Robus  - Cambio de nido   |2009-01-16 21:56:51
Propongo a extemadura progresista que adquieran un terrario e instalen a víbora
Robustillo en él, y la adopten como mascota, seria una chulada.
Anónimo   |2009-01-16 22:14:27
Vaya Bolz, hace tiempo que no se sabía de tí, pero ahora vas a tener mucho
curro, je.

En cuanto a los artículos de Marcelo estaría bien crear una
sección específica y aglutinarlos todos, como ya se se hizo en
kaosExtremadura. Independientemente de su fecha, siempre son consultados y
leídos.

También se podría destacar algunas noticias y dejarlas el tiempo
necesario en un lugar prioritario cuando sean importantes.

De igual modo se
podrían relacionar noticias cuando tengan sean similares.

Venga, adelante
Extremadura Progresista
Pepe   |2009-01-16 22:23:48
Completamente de acuerdo con el comentarista anterior los artículos de Marcelo
te proporcionan un conocimiento extraordinario de la realidad extremeña y sus
antecedente inmediatos, deben archivarse en este periódico, saludos y
felicidades.
Lucas  - Mamba negra   |2009-01-16 22:42:48
Inefable Robustillo muy bien traida a este periódico este ejemplar del brazo
armado de los sectarios conocida por su persecución al docente, y famosa por su
vida privada tanto como por su labor represora.
Anónimo  - MIMIC   |2009-01-16 23:20:44
Hibrido entre termita y mantis religiosa, con mezcla de adn de víbora.
OTRO DOCENTE  - DE LA PIEL DEL DIABLO   |2009-01-17 12:57:31
PROTOTIPO DE FUNCIONARIA ENCHUFADA QUE PAGA SU ENCHUFE PERSIGUIENDO A LOS
DISIDENTES DEL RÉGIMEN.
TANTA RESPONSABILIDAD EN SU CONDUCTA
REPRESORA TIENE LA CONSEJERA EVA PÉREZ COMO LA PROPIA SICARIA PROTEGIDA DE SUS
"SUPERIORES" SUS AMIGOS.........
Eva Maria se fue  - con su bikini de rayas....   |2009-01-17 14:04:49
Posiblemente, la funcionaria más odiada por su colectivo, de toda extremadura.
Anónimo   |2009-01-17 20:56:31
EVA MARIA LOPEZ
RESPONDE
Anónimo   |2009-01-17 22:12:24


Auténtico bochorno
Anónimo   |2009-01-17 23:59:49
Esta individua está muy protegida por sus superiores en lo profesional y en lo
personal, cuya "AGITADA" vida en este ámbito es tambien muy conocida,
cuando a futuro cambie el panorama politico extremeño no le auguro nada bueno,
pues son muchos quienes, con razón, se la tienen jurada.
Anónimo   |2009-07-06 00:21:24
Y ¿Qué va a pasar en el IES Ágora para el curso
2009/10?
¿Seguirá
consintiendose que "el amo del cortijo" desaogue
toda su furia contra
las limpiadoras, bibliotecarias y cuidadoras del centro?

O, ¿Conseguiran
las
anteriormente mencionadas, ganarle la batalla antes de
septiembre al mister
del
centro.
El juzgado tiene la última palabra. Estamos
espectantes ,
esperando un desenlace feliz para estas pobres trabajadoras,
"víctimas en
las garras del leoncillo", que han sabido plantarle cara
a toda la
dirección provincial.
Como lo hubiera descrito Marx: "es la
lucha de los
de abajo enfrentándose a los de arriba"
No perdamos de
vista esta
rocambolesca
historia, que surgió las navidades pasadas y se
encuentra en el
juzgado de lo
penal en periodo de instrucción. Presuntamente,
están
implicados más de los que pensamos:
Enrique J. García, Robustillo,
José
Antonio Vázquez...
Anónimo   |2009-07-06 00:37:25
Puedo deciros que la Tobustillo es peor de lo que la pintan.
Yo he sufrido
su mordedura y el veneno que inyecta es peor de lo que nadie puede
imaginarse.
Ataca por sorpresa. Se desliza en momentos inesperados y se lanza
a morder directamente a la yugular,
por lo que no pueden realizarse torniquetes
y el veneno se extiende por todo tu cuerpo con mucha rapidez, quedando secuelas
permanentes en tu mente.

Por favor cuando aparezca un antídoto
comunicármelo.
Nombre:
Email:
 
Título:
Código UBB:
[b] [i] [u] [url] [quote] [code] [img] 
 
 
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El Bueno

EL FEO

EL MALO

UNO QUE PASABA POR AQUI