CORRUPCIÓN EN LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA. PRIMERA PARTE

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Antonio Marcelo Vacas / Carlos A. García Onieva

El pasado 21 de diciembre el presidente del PP de Extremadura, José Antonio Monago, declaraba públicamente que deseaba que su partido ganara las próximas elecciones por “méritos propios” afirmando que en todos estos años “el PSOE ha ganado porque ha conseguido aglutinar la confianza de los extremeños……y porque el PP no ha sabido ofrecer su mensaje”.

La segunda parte de la aseveración es cierta matizada, porque el fracaso del “mensaje” está unido a la forma dulcificada, en términos generales, de hacer oposición por parte del PP cuando enfrente tiene a unos auténticos cafres políticos, pero en lo que respecta a la “confianza”, nada más alejado de la realidad, ya que de manera fehaciente puede dictaminarse y probarse que, los triunfos electorales del PSOE en Extremadura, se deben principal, fundamental y esencialmente, a una práctica generalizada de CLIENTELISMO Y CONTROL SOCIAL sobre gran parte de la ciudadanía extremeña, prácticas desarrolladas a través de una política caciquil que ha producido en la región el desarrollo del subdesarrollo, y una profunda amoralidad.

¿O piensa el Sr. Monago, estableciendo un paralelismo y manteniendo las distancias, que tanto Rodríguez Ibarra que, por ahora, se ha mantenido en la política 30 años (1977-2007), como Álvaro Figueroa y Torres, Conde de Romanones (1863-1950), que se mantuvo 48 años siendo diputado por Guadalajara desde 1888 a 1936, gozaban de la “confianza” de sus electores ?

Porque en ambos y ejemplificadores casos, estos políticos se aprovecharon de un sistema caciquil, de unas ancestrales relaciones de dominio político, económico y social consustanciales con los territorios donde actuaban, de una democracia meramente formal ya que el voto careciendo de escrúpulos sus beneficiarios se obtenía o comprándolo de las múltiples formas en que ello puede hacerse, u obteniéndolo a través del engaño, la manipulación y la propaganda indiscriminada, o sea mediante la alienación del pueblo al que así se le persuade para que vote en contra de sus propios intereses.

Y el método clientelar por excelencia, a nivel singular, se establece integrando a correligionarios, simpatizantes, amigos, parientes, o cómplices en las distintas administraciones públicas que el caciquismo política y administrativamente controla. En Extremadura la casuística da para editar un Espasa del enchufismo.

Y viene todo esto a cuento en relación con el especial caso que seguidamente describimos cronológicamente:

1) El Boletín Oficial de la Asamblea de Extremadura, nº313, de 18 de enero de 2010, publica la Convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de tres plazas de Técnicos Superiores, Especialidad Jurídica, del personal funcionario de la Asamblea de Extremadura.

1.1) El concurso-oposición consta en la fase de oposición de un primer ejercicio consistente en responder un test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas referentes al programa del proceso selectivo, puntuándose de 0 a 10 puntos.

El programa lo constituyen ochenta temas

1.2) Superado el primer ejercicio el segundo consistía en resolver una o varias pruebas prácticas referidas al programa de la oposición que se calificará de 0 a 10 puntos.

1.3) La fase del concurso consistía en la valoración de los méritos aducidos por los concursantes.

2) El Boletín Oficial de la Asamblea de Extremadura nº356 de 4 de mayo de 2010, publica el nombramiento del Tribunal de Selección que ha de resolver el concurso-oposición, que queda constituido de la siguiente forma:

Presidente, el Vicepresidente Primero de la Asamblea, Luciano Fernández Gómez.

Vocales, el Vicepresidente Segundo, Laureano León Rodríguez, el letrado mayor de la Cortes de Castilla-La Mancha, Francisco Calvo Cirujano, y el letrado mayor y secretario general de la Asamblea Diego Mª Moreno Hurtado.

Secretario, el Letrado de la Asamblea de Extremadura, Juan Francisco Borrallo Campos.

3) El Boletín Oficial de la Asamblea nº 370 de 2 de Junio de 2010, publica la lista definitiva de admitidos y excluidos en el concurso y la fecha del primer ejercicio.

Se admiten a 79 concursantes fijándose la fecha del primer examen para el día 22 de Junio de 2010 en las dependencias de la Asamblea de Extremadura.

4) Con fecha 2 de Diciembre de 2010 se publica la relación definitiva de aspirantes que han superado el primer ejercicio y la convocatoria del segundo ejercicio.

Esta relación y la puntuación obtenida es la siguiente:

María Eugenia Romero Vazquiánez, 8,31 puntos.

Eva Pérez Zamora, 8,15 puntos.

Iván Martín Talavera, 6,23 puntos.

María Isabel Mateos Pizarro, 5,69 puntos.

Juan Francisco Arenas Escaso, 5,62 puntos.

Eva María Díaz Ciborro, 5,31 puntos.

Manuel Delgado Ramos, 5,15 puntos

Pedro Lozano Gómez, 5,15 puntos.

Carolina Guillén Estévez, 5 puntos.

Maria Isabel Martínez Rivera ,5 puntos.

Se convoca el segundo ejercicio para el día 14 de diciembre de 2010 a las 9,30 horas en las dependencias de la Asamblea.

Como puede observarse casi el 90 % de los aspirantes quedan fuera del concurso-oposición en su primera fase eliminatoria del mismo.

5) Justo el día antes del programado para la celebración del segundo ejercicio, el 13 de diciembre de 2010, el Letrado de la Asamblea de Extremadura, Juan Francisco Borrallo Campos, en su calidad de Secretario del Tribunal que juzga el concurso-oposición, hace pública la desconvocatoria del examen programado para el día siguiente aduciendo la siguiente excusa:

“Por imposibilidad material de poder realizar el 2º ejercicio convocado para el próximo día 14 de diciembre de 2010, el Tribunal de Selección ha acordado aplazar la celebración del citado 2º ejercicio”

¿QUÉ HABÍA SUCEDIDO EN REALIDAD?

La realidad era/es que una de las concursantes que había superado el primer ejercicio con excelente puntuación, EVA PÉREZ ZAMORA, funcionaria interina de la Asamblea, denunció con fecha 7 de diciembre de 2010 ante el Presidente de la Asamblea, Juan Ramón Ferreira, ante su Vicepresidente primero, Luciano Fernández, su Vicepresidente segundo, Laureano León, la secretaria Emilia Guijarro, ante el diputado Tomás Martín Tamayo, miembros todos de la Mesa de la Asamblea de Extremadura, órgano colegiado que dirige la Asamblea, además de ante el letrado de la Asamblea Juan Francisco Borrallo Campos, y ante el letrado de las Cortes de Castilla la Mancha Francisco Calvo Cirujano, LA COMPLETA ILICITUD QUE AFECTABA AL DESARROLLO DEL CONCURSO OPOSICIÓN, por cuanto confiesa de motu proprio que tuvo acceso a las preguntas/respuestas del primer ejercicio antes de su celebración, aunque aduce que tal acceso se produjo de manera indirecta, de forma fortuita, llamando poderosamente la atención que superando el primer ejercicio de manera ilegal como tiene admitido, en Junio de 2010, denuncie el fraude seis meses después y siete días antes de celebrarse el segundo ejercicio.

Eva Pérez Zamora, en su denuncia, a la que hemos tenido acceso, afirma que posteriormente haber superado el primer ejercicio se entrevistó con el letrado mayor de la Asamblea, Diego Mª Moreno Hurtado, “para que me garantice que en el segundo ejercicio de la oposición voy a recibir el mismo trato que el resto de los opositores”(SIC) decidiendo finalmente pedir “LA ANULACIÓN DEL PROCESO”(SIC) a la Mesa de la Asamblea.

La Mesa de la Asamblea se reunió el 21 de diciembre de 2010 y por unanimidad de sus miembros acordó trasladar el caso a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dejando en suspenso la oposición.

Este gravísimo caso de corrupción administrativa que acarrea graves responsabilidades penales a quienes han intervenido de forma irregular en el proceso selectivo fraudulento descrito, consistente en la posible filtración de un examen, podría conllevar los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, infidelidad en la custodia de documentos, prevaricación, tráfico de influencias y cohecho según se hayan producido finalmente los hechos.

Es de mero sentido común que la autoinculpación de la opositora, que además aporta junto a su denuncia un amplio conjunto de pruebas informáticas del fraude a las que también hemos accedido, es completamente verosímil aunque intente eximirse ingenua y torpemente de culpa, y a tal efecto la susodicha aporta una versión rocambolesca del como accedió a las preguntas/respuestas del primer examen acusando exclusiva y singularmente a otra concursante de ser la única receptora directa y beneficiaria de la filtración, lo cuál esta niega, siendo no obstante lo más determinante en este caso conocer QUIÉN/QUIENES filtraron el primer ejercicio de la oposición, y posiblemente estaban en disposición de filtrar el segundo, pero como solo existían tres plazas este numerus clausus condicionaba la filtración, que debería ejecutarse limitada y selectivamente y, a todas luces, Eva Pérez Zamora, no estaba seleccionada como beneficiaría de la segunda fase del supuesto delito, y decidió tirar de la manta haciendo explotar el asunto con ella dentro del mismo, como en la segunda parte del presente trabajo argumentaremos ampliamente, porque Eva denuncia el fraude como beneficiaria del mismo, aunque posiblemente conozca a los/sus benefactores- filtradores, hipótesis que respalda el hecho de que suponiendo la conducta de la denunciante-confesa la infracción de tropecientos preceptos en el ámbito funcionarial, continua en su puesto sin que nadie de sus superiores la moleste ¿qué sabe en realidad respecto a lo sucedido Eva Pérez Zamora y a quién más podría implicar?

Mientras tanto dos reflexiones, primera, un delito de esta índole y de características tan ilícitas que hasta se palpan, se denuncia ante un Tribunal de Justicia, que sin duda decidiría instruir diligencias con todas las garantías legales para los implicados con la intervención del Ministerio Fiscal, por lo cual la remisión primigenia y directa al Fiscal puede entrañar truco y suponer un intento de sepultar el caso, ya que este órgano puede archivarlo y en ese caso, aún pudiendo, resultaría dudoso que la Mesa de la Asamblea pusiera seguidamente el caso en conocimiento de un Juez (Art. 773.2 LECrim) dejando en evidencia al Fiscal del TSJEx, con muy buenas relaciones con la clase política dominante como hace poco pudimos comprobar en el llamado “Bombo” del Parque de Canovas cacereño.

Y segunda, cada día que pasa sin que el PP, que conoce por motivos obvios perfectamente el caso, se persone en el procedimiento, es un grave demérito para este partido que aspira a gobernar desterrando las prácticas caciquiles de Extremadura, si no actúa se convertirá en cómplice por omisión de los hechos y de sus autores que bajo ningún concepto pueden gozar de inmunidad y quedar impunes por muy elevado que sea su cargo, y aunque no adquiera otra responsabilidad que la moral, resulta suficiente para concluir que el PP efectivamente no tiene suficientes “méritos”.

Y en último caso, siempre estará la opción de la acusación popular (Art.101 y concordantes de la LECr.), para destapar este turbio asunto y que si fuera necesario este periódico impulsaría, asunto ejemplificador de todo un modus operandi generalizado en Extremadura pero difícil de destapar hasta sus últimas consecuencias, ya que no existen antecedentes en que una posible cooperadora en una ilicitud, denuncie la misma descubriendo no solo una patente ilegalidad sino una completa y ominosa amoralidad, dejando ya expresamente de manifiesto desde ahora, y como aviso a navegantes, que si la repercusión mediática de la noticia resultara insuficiente por partir de este modesto y limitado medio, daremos traslado de la noticia hasta al sursuncorda del periodismo nacional para que se conozca hasta en los más recónditos rincones del Estado español .O sea de echar tierra al asunto, si es lo que se pretende, nada de nada.

¡QUE YA ESTÁ BIÉN DE SOPORTAR CACICADAS!

Última actualización el Domingo, 12 de Febrero de 2012 21:17  

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